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Actualizado 2026

Gratificación Legal Chile 2026

25% remuneraciones o 4.75 sueldos (Art. 47)

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Gratificación Legal

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Nota: Los calculos proporcionados son orientativos y se basan en la legislacion laboral general. No constituyen asesoramiento juridico. Para situaciones especificas, consulta siempre con un abogado o asesor laboral certificado.

Como se calcula

  • La gratificación en Chile está regulada por los Artículos 47 al 49 del Código del Trabajo. Es obligatoria para las empresas que hayan obtenido utilidades o excedentes líquidos en su giro. Existen dos modalidades: la gratificación legal (el empleador reparte el 30% de sus utilidades líquidas entre todos sus trabajadores en proporción a los sueldos) y la gratificación garantizada (el empleador paga el 25% de la remuneración mensual de cada trabajador, con un tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales al año).
  • La modalidad más común en la práctica es la gratificación garantizada mensualizada, en la que el empleador paga mensualmente el 25% del sueldo imponible del trabajador hasta un tope de 4,75 IMM anuales. Esto facilita la planificación del empleador y la liquidez del trabajador. Si el trabajador no trabaja el año completo, tiene derecho a la gratificación proporcional a los meses completos trabajados.
  • Al término de la relación laboral, si el trabajador no recibió la gratificación del año en curso (porque la empresa la paga anualmente), tiene derecho a la gratificación proporcional correspondiente a los meses completos trabajados en el año. Esta gratificación proporcional forma parte del finiquito y debe calcularse sobre la base del 25% del sueldo mensual imponible por mes trabajado.

Preguntas frecuentes