Actualizado 2026
Aguinaldo Costa Rica 2026
1/12 del salario anual, obligatorio en diciembre (Art. 228)
Aguinaldo
Nota: Los calculos proporcionados son orientativos y se basan en la legislacion laboral general. No constituyen asesoramiento juridico. Para situaciones especificas, consulta siempre con un abogado o asesor laboral certificado.
Como se calcula
- –El aguinaldo en Costa Rica es un beneficio laboral obligatorio establecido en el Artículo 228 del Código de Trabajo. Equivale a la doceava parte del total de salarios devengados por el trabajador durante el año, calculado del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso. Debe pagarse durante la primera quincena de diciembre.
- –El cálculo considera todos los ingresos salariales del período, incluyendo salario ordinario, horas extra, comisiones y otros beneficios de naturaleza salarial. Se divide el total de ingresos del año entre 12 para obtener el aguinaldo. Si el trabajador no laboró todo el año, recibe la parte proporcional a los meses completos trabajados.
- –El aguinaldo está exento de cargas sociales (CCSS) y no es parte de la base de cálculo para la liquidación ni el preaviso. Tiene la misma protección que el salario ordinario: no puede ser embargado ni retenido como sanción disciplinaria.
Preguntas frecuentes
Referencia laboral