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Costa RicaActualizado: 22 de marzo de 2026

Aguinaldo en Costa Rica 2026: Pago en Diciembre y Cálculo Proporcional

Todo sobre el aguinaldo en Costa Rica 2026: equivale a un mes de salario, se paga entre el 1 y 20 de diciembre según el Art. 228 del Código de Trabajo, con cálculo proporcional para trabajos parciales.

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¿Qué es el aguinaldo en Costa Rica?

El aguinaldo es una prestación económica obligatoria contemplada en el Artículo 228 del Código de Trabajo. Representa un pago equivalente a un doceavo del total de salarios devengados en los doce meses anteriores al 30 de noviembre. En términos prácticos, equivale aproximadamente a un mes de salario. Es un derecho irrenunciable para todo trabajador en relación de dependencia.

¿Cuándo se paga en 2026?

El aguinaldo debe pagarse entre el 1 de diciembre y el 20 de diciembre de 2026. El empleador que no cumpla puede ser denunciado ante el Ministerio de Trabajo y obligado a pagar el aguinaldo más intereses de mora.

Fórmula oficial de cálculo

Aguinaldo = Suma total de salarios del período (1 dic 2025 al 30 nov 2026) / 12

Se incluyen: salario base, horas extraordinarias regulares, comisiones y pluses salariales permanentes. No se incluyen viáticos ni pagos no salariales.

Aguinaldo proporcional

Si el trabajador ingresó después del 1 de diciembre del año anterior o su contrato terminó antes del pago, tiene derecho a aguinaldo proporcional. El cálculo es igual, pero la suma corresponde solo a los meses efectivamente trabajados. En caso de despido o renuncia antes de diciembre, el aguinaldo proporcional se incluye en la liquidación final.

Consecuencias del no pago

El incumplimiento constituye una falta grave. El trabajador puede presentar denuncia ante la Inspección del Trabajo. En casos extremos, puede invocar el despido indirecto conforme al Art. 83 del Código de Trabajo.

Utiliza nuestra Calculadora de Aguinaldo para conocer exactamente el monto que deberías recibir en diciembre.

La información de este artículo es orientativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consulta siempre con un abogado o asesor laboral para tu caso concreto.